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Nuevo criterio del TSJE sobre las guardias laborales.

En sentencia publicada el 21 de febrero por el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) se ha puesto fin a una cuestión que ha dado que hablar durante bastante tiempo, acerca de si estar de guardia durante un período de tiempo determinado y en un lugar concreto se puede considerar tiempo de trabajo y, en consecuencia, debe ser contabilizado como una parte de la jornada laboral.

El caso específico aborda el supuesto de un bombero voluntario del pueblo belga de Nivelles. El trabajador, Rudi Matzak, compaginaba este voluntariado con otro empleo privado, y decidió recurrir a la justicia europea en 2009 con el objetivo de obtener del  ayuntamiento una indemnización por daños y perjuicios como resultado de sus servicios de guardia domiciliaria, alegando que debían computarse como tiempo de trabajo.

En esta sentencia el tribunal europeo advierte a los 28 gobiernos de los estados miembros que no es posible hacer distinciones por categorías laborales en relación a las obligaciones que establece la normativa comunitaria, aunque sí se permite incluir disposiciones en cada derecho nacional que regulen aspectos relativos a la duración del tiempo de trabajo y los períodos de descanso.

Si bien estas modificaciones, aclara el TJUE, tienen que implicar supuestos más favorables para los trabajadores que los recogidos por la normativa de la UE. De igual forma, y siguiendo el mismo criterio, es posible realizar modificaciones en materia de salud y seguridad en el trabajo.

Según una directiva de 2003, se considera tiempo de trabajo a todo período “durante el cual el trabajador permanece en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de sus funciones “. El resto, se computa como “tiempo de descanso”.

Este fallo sobre las guardias laborales supone una excepción al criterio establecido por la propia jurisprudencia del tribunal europeo sobre la regulación del tiempo de trabajo, que hasta el momento consideraba generalmente que las guardias localizadas, que son aquellas en las que el trabajador puede ser avisado por su empresa, no eran consideradas parte de la jornada laboral.

Esta excepción que ha introducido hace referencia a la “obligación de permanecer físicamente en un lugar determinado por el empresario y la restricción que, geográficamente y temporalmente, supone la necesidad de presentarse en el lugar de trabajo” en un plazo reducido de tiempo (de ocho minutos en el caso juzgado).

El tribunal concluye que ello “limita de manera objetiva las posibilidades del  trabajador -que habrá de ser compensado- de dedicarse a sus intereses personales y sociales”.

Se prevé una tremenda repercusión tras el fallo de la justicia europea, ya que en estos momentos existen un importante número de casos planteados por personal sanitario a los que se les paga solamente la  guardia cuando asisten a sus centros de trabajo y no durante el tiempo que está fuera, o las circunstancias de trabajadores a tiempo parcial en contratas y empresas multiservicio.

Esta sentencia fija una doctrina que vincula a los estados miembros, entre ellos España, con vistas a próximas sentencias del Tribunal Supremo y a los criterios a seguir por los inspectores de trabajo.

Emplazamos a los interesados a contactar con nuestro departamento TAX-LEGAL de MAESTRANZA CONSULTORES, que atentamente responderá todas las cuestiones que surjan sobre este post.