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REFORMA LABORAL: NUEVOS CONTRATOS DE TRABAJO.

El Contrato Indefinido gana poder.

La reforma laboral aprobada por el Congreso y en vigor desde el 28 de Diciembre de 2021, nace con el objetivo de reducir la temporalidad en el empleo. Tras su publicación en el BOE, el 30 de diciembre de 2021, la reforma laboral 2022 supone una serie de modificaciones que afectan a diversos ámbitos del mercado laboral. Repasamos los puntos clave respecto a la contratación laboral.

Los contratos laborales en la nueva reforma laboral

Los cambios más relevantes se han introducido en la contratación de duración determinada, contratos fijos discontinuos y contrato fijo de obra del sector de la construcción.

Todos los contratos formalizados antes de 31 de diciembre de 2021 se rigen por la normativa anterior. Hasta el día 30 de marzo de 2022 se pueden realizar contratos tomando como base esta normativa, pero teniendo en cuenta que los de obra o servicio y los eventuales no pueden exceder una duración de 6 meses.

Contrato indefinido y contratos de duración determinada

La última reforma laboral introduce el carácter prioritario del contrato indefinido.

Limitación a 18 meses en un espacio de 24, para encadenar contratos eventuales y pasar a ser indefinido.

Desaparecen los contratos de obra y servicio determinado

Únicamente se admite la realización de contratos de duración determinada bajo determinados supuestos:

  • En caso de necesidad debido a la sustitución de un trabajador que podrá comenzar la prestación de servicios 15 días antes de la sustitución para un conocimiento más preciso de sus funciones.
  • Aumento imprevisible/ circunstancias de la producción. Dos supuestos.

Tiempo máximo entre los 6 meses y los 12 meses si así lo recoge el convenio.

Máximo de 90 días anuales, no consecutivos.

Contrato Fijo-Discontinuo

Este tipo de contrato está especialmente dirigido a los segmentos que hasta ahora han recurrido a la contratación temporal. Las personas trabajadoras tienen, con este contrato, los mismos derechos que les amparan en el indefinido, incluida la indemnización por despido.

Contratos formativos

La nueva reforma laboral establece dos tipos de contratos formativos:

  • Contrato de formación dual o en alternancia trabajo-formación.
  • Contrato para la obtención de la práctica profesional.

Contrato indefinido adscrito a obra

Este contrato está articulado para el sector de la construcción, La finalización de la obra conlleva la obligación para la empresa de efectuar una propuesta por escrito para la recolocación, son causas extinción, la Inexistencia de obras en la provincia, la falta de cualificación para obras en la provincia, y el rechazo de la persona trabajadora a su recolocación.

Normas de contratación laboral: ¿Cuándo entran en vigor?

A partir del 30 de marzo de 2022: esta es la fecha fijada para que entren en vigor las nuevas normas de contratación laboral que quedan reflejadas en la nueva reforma laboral.

Para cualquier aclaración o mayor información que pueda precisar, no dude en contactar con nuestro Departamento Laboral.

Luis Portillo Ruíz

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