La entrada en vigor de las Reformas del Código Penal de 2010 y de julio de 2015, introducen la responsabilidad penal de las personas jurídicas, estableciendo la posibilidad de que sean éstas quienes respondan directamente y en paralelo por delitos cometidos por personas físicas con vínculos con la entidad.

El establecimiento de medidas, planes y programas de prevención actúa en ambas normas como atenuantes y eximentes en la comisión de delitos, de ahí la importancia de que las empresas evalúen los riesgos a los que potencialmente están expuestas y definan medidas de control interno para identificarlos y minimizarlos.

Ofrecemos los mecanismos necesarios para la prevención de cualquier actividad ilícito-penal en el marco de la persona jurídica e implantamos planes de cumplimiento normativo. 

  • Cumplimiento normativo
  • Revisión y elaboración de políticas de uso interno de las tecnologías de la información
  • Revisión y Elaboración de acuerdos con proveedores
  • Revisión y Elaboración de acuerdos con clientes

QUÉ ES UN PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO.

Un Programa de Cumplimiento Normativo analiza el riesgo para evitar que ocurran irregularidades en la empresa y para que, si se dan, sean descubiertas, investigadas y sancionadas, pudiendo exonerar a la organización que diligentemente lo tiene implantado.

Este Programa tiene como fin establecer los mecanismos de prevención de cualquier actividad ilícito-penal en el marco de la persona jurídica. Por otra parte, es un mecanismo de control efectivo sobre las acciones individuales de los empleados.

En la implantación del Programa se analizará la probabilidad de que ocurra un riesgo y su impacto en la organización (riesgo=probabilidad x impacto). Se realizará analizando la probabilidad que hay en la organización de que se cometan los delitos tipificados en el Código Penal.

POR QUÉ ES NECESARIO LA IMPLANTACIÓN DE UN PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO.

La entrada en vigor de las Reforma del Código Penal de 2010 y de julio de 2015, introducen la responsabilidad penal de las personas jurídicas, estableciendo la posibilidad de que sean éstas quienes respondan directamente y en paralelo por delitos cometidos por personas físicas con vínculos con la entidad.

El establecimiento de medidas, planes y programas de prevención actúa en ambas normas como atenuantes y eximentes en la comisión de delitos, de ahí la importancia de que las empresas evalúen los riesgos a los que potencialmente están expuestas y definan medidas de control interno para identificarlos y minimizarlos.

Asimismo, como consecuencia de la globalización de mercados y la creciente interdependencia comercial entre naciones, la aplicación de leyes extranjeras en materia de corrupción y sobornos conlleva ejercicios de potestad jurisdiccional extraterritorial fuera del estado en el que fueron promulgadas. Cualquier entidad, empleado o individuo con un mínimo rango de conexión con una empresa radicada o cotizada en Estados Unidos podría ser procesado por la justicia de ese país en el marco de aplicación de sus normas.

Establecer un Programa de Prevención y Cumplimiento Normativo, da lugar a una reducción sustancial del riesgo de comisión de delitos por parte de la persona jurídica. Este Programa tiene como función establecer los mecanismos de prevención de cualquier actividad ilícito-penal en el marco de la persona jurídica y ser un mecanismo de control efectivo sobre las acciones individuales de los empleados.

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