renta

 

RENTA 2021

Arranca la campaña para la presentación de la Declaración de la Renta 2021, y aprovechamos para informarles de todas las novedades para facilitarles el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La campaña de la Renta de 2021 comienza el día 6 de abril para la presentación telemática y a partir de dicho día se puede confeccionar y presentar el borrador a través de internet, pudiendo presentar la declaración del IRPF en el portal Renta web. Para solicitar cita presencial para presentar la declaración del IRPF de manera presencial, habrá que esperar hasta el 26 de Mayo y, en ambos casos, se extenderá hasta el 30 de junio. Si embargo si el resultado sale a ingresar y se quiere domiciliar el pago, el plazo concluye el día 27 de junio.

Antes de hacer y presentar la declaración de la renta 2021 los contribuyentes pueden hacerse una idea de cuál será el resultado de su declaración a través de “Renta Web Open” que es una versión de Renta web, que funciona como un simulador; permite simular su declaración de IRPF pero no requiere identificación del contribuyente, no valida el NIF del declarante y no necesita disponer de datos fiscales.

Principales novedades y cambios a tener en cuenta

  • Nuevos tramos IRPF

Este año como principal novedad nos enfrentamos a un nuevo sistema de tramos de IRPF.

Se incorporan seis tramos de retención frente a los cinco de anteriores campañas. La creación del nuevo tramo, el sexto, afecta a las rentas anuales superiores a 300.000 euros cuyo nuevo tramo es del 47%.

Por otro lado, para las rentas de ahorro y capital se ha establecido un nuevo gravamen del 26% para las rentas que superan los 200.000 euros.

Por tanto, los tramos para la declaración de IRPF 2021 quedarían:

  1. Hasta 12.450 euros: 19% de tipo impositivo.
  2. Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24% de tipo impositivo.
  3. Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30% de tipo impositivo.
  4. Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37% de tipo impositivo.
  5. Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45% de tipo impositivo.
  6. Desde rentas superiores a 300.000 euros: 47% de tipo impositivo
  • Nueva casilla para criptomonedas

La Agencia Tributaria ha incluido una casilla específica para la declaración de las criptomonedas. La casilla 1626 aparecerá para los contribuyentes bajo la denominación de `saldos en monedas virtuales´ dentro del apartado de otras ganancias y pérdidas que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.

  • Planes de pensiones

Desde el 1 de enero de 2021, el límite de deducción para planes individuales es el menor entre 2.000 euros o el 30% de rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, la novedad es que nos hemos enfrentado a una reducción, ya que en 2020 la de deducción era el menor entre 8.000 euros o el 30% de rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

  • Regulación del mercado de segunda mano

La venta en plataformas solo hay que declararlas en la declaración de la renta si el valor de la venta es superior al de la compra, en este caso se estaría produciendo una ganancia patrimonial.

Cuando nos encontramos en el caso de perder dinero con la venta de un producto de segunda mano respecto al precio al que se compró, no existe pérdida patrimonial ya que, se entiende que se debe al uso y al paso del tiempo.

  • Nueva deducción verde

Se han aprobado tres nuevas deducciones por obras de eficiencia energética:

  1. – Obras que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en viviendas habituales, se podrán acoger a una deducción de hasta el 20% de las cantidades, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
  2. Obras que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejoran la calificación energética alcanzando las letras A o B en viviendas habituales, se podrán acoger a una deducción hasta el 40% de las cantidades, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
  3. Obras que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación energética alcanzando las letras A o B en edificios de uso predominante residencial, las comunidades podrán deducirse hasta el 40% hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.
  • Exención para catástrofes naturales

Por el artículo 3.7 del Real Decreto-ley 2/2019 se han declarado exentas las ayudas excepcionales destinadas a paliar daños personales, daños materiales en vivienda y enseres, y en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas.

  • Cambio para los trabajadores extranjeros

La Agencia Tributaria también realiza cambios en la conocida Ley Beckham,  dirigidos a los trabajadores extranjeros que presenten su Declaración de la Renta en España este año pero que en los diez años anteriores no habían sido residentes fiscales en el país. Éstos contribuyentes tendrán que pagar un 24% de IRPF hasta los primeros 600.000 euros ganados en el trabajo y, se establece el nuevo tramo del 47% a partir de los 600.000 euros de ingresos.

Contacta con nuestro Departamento Fiscal/Tributario: Te ampliamos toda la información necesaria y te ayudamos a que cumplas tus obligaciones tributarias debidamente.

 

Maestranza Consultores

954 21 90 99

695 53 33 53

ADMINISTRACION@MAESTRANZACONSULTORES.COM

C/ Antonia Diaz. Nº8 Bajo A. 41001 Sevilla