Cuestiones  necesarias para el cierre contable del ejercicio económico.

Llega el cierre contable y es importante realizar una serie de tareas y llevar a cabo algunas revisiones, con la finalidad de no incurrir en responsabilidades y de mantener el orden y la claridad en nuestros procesos y sistemas de trabajo en la empresa. Todo ello respecto a la contabilidad de la misma.

En el comienzo del nuevo año, confluyen los apuntes contables de 2018, con los ajustes y revisiones de la contabilidad del año anterior, provocando una fuerte carga de trabajo para los asesores fiscales. Es de suma importancia tener en cuenta una serie de pautas en estos momentos, que se desarrollan a continuación.

En primer lugar, se hace necesario hacer una revisión concienzuda de la contabilidad de 2017, pues una vez cerrado el ejercicio, aquellos errores no subsanados, se traspasarán al siguiente ejercicio, si afecta a cuentas del balance. Si estos afectan a la cuenta de gastos e ingresos repercutirá en el resultado y tendrá consecuencias fiscales, pudiendo acarrear conflictos con la Agencia Tributaria y derivar en responsabilidad para el administrador si el resultado está altero de forma significativa. Para hacer esto, será fundamental una ayuda del balance de comprobación de sumas y saldos a fecha de cierre del ciclo contable, pues nos permitirá saber si hay incoherencias en los saldos o cuentas que deben aparecer con saldo cero y no lo están.

Puede resultar de inmensa ayuda y muy práctico para el trabajo de este año, clasificar y separar aquellos papeles u archivos que no vayan a ser utilizados para el trabajo en este 2018. Esto es aplicable por supuesto a  los archivos del ordenador.

Hay que advertir a los administradores de que manipular las cuentas puede derivar en responsabilidad penal. Esto viene motivado por la tentación que pueda surgirle al administrador de sacar la foto más conveniente para él con vistas al cierre contable. Deben saber que firmar cuentas con contabilidades falseadas que alteren significativamente la realidad patrimonial de la empresa, en perjuicio de la misma o de terceros, está tipificado como delito en el artículo 290 del Código Penal (CP).

Comprobar los pasivos bancarios con la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), con el fin de averiguar si existen diferencias y si estas son debidas a algún tipo de error contable para, en caso de existir alguna desviación, saber bien a qué se debe, pues si hay diferencias importantes, en el momento de solicitar un crédito, la entidad financiera o bancaria puede denegarnos el mismo.

Finalmente, se hace fundamental llevar a cabo una serie de ajustes contables, siendo los siguientes algunos de los más comunes: la reclasificación de las deudas del largo al corto plazo; la variación de existencias con el objetivo de corregir el resultado del ejercicio en función de las mercancías consumidas; las dotaciones de amortización del inmovilizado para poder así reflejar el desgaste de los activos; dotar todo tipo de provisiones con la finalidad de que queden registradas las contingencias previstas por cuestiones tales como riesgos o la depreciación de activos; la periodificación de algunos ingresos y gastos concretos, logrando así una distribución real en la cuenta de resultados de los ingresos y gastos de un ejercicio que alcanza a más de un año; comprobar la existencia de ingreso y gastos a distribuir en más de un ejercicio.

Una vez hemos concluido todos estos ajustes, se antoja necesario realizar el asiento del Impuesto de Sociedades (IS), así como el asiento de regularización de ingresos y gastos y de cierre de ejercicio.

Ante cualquier duda o cuestión planteada, emplazamos a los interesados a contactar con nuestro departamento TAX-LEGAL de MAESTRANZA CONSULTORES, que atentamente responderá todas las cuestiones que puedan surgir relativas a este artículo.