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Condenan a un centro tecnológico vasco a pagar 101.000 euros a una empleada por mal ambiente de trabajo.

Un juzgado de Eibar cree que el centro tecnológico debería haber actuado al conocer el conflicto en el trabajo, que sumió a la afectada en una larga depresión

Un mal ambiente de trabajo, problemas con los superiores o los compañeros, baja remuneración o jornadas de trabajo interminables suelen ser algunos de los factores decisivos a la hora de encontrarse a disgusto en una empresa. En otras ocasiones, aceptar un puesto que no corresponde con nuestras expectativas más altas es inevitable en cuanto que, en la mayor parte de carreras, los primeros años exigen un sacrificio mayor que nos permitirá más tarde gozar de ciertos privilegios.

Queremos traer a colación la reciente sentencia del pasado 10 de Julio que condena al centro tecnológico IK4-Tekniker, con sede en Eibar y presencia institucional, por el juzgado de lo social número 1 de la citada localidad guipuzcoana a pagar 101.046 euros a una empleada porque el mal ambiente en el trabajo le provocó serios problemas de salud.

La trabajadora en cuestión fue víctima desde 2010 de un conflicto laboral con su jefa, la directora de Recursos Humanos, lo que le llevó a realizar funciones para las que no había sido contratada y sufrir continuos cambios de puesto de trabajo, según explicó el letrado de la empleada, Juan Ignacio Marcos, que a su vez es el coordinador del Observatorio Vasco de Acoso y Discriminación.

Además la sentencia señala que la existencia de la mala relación entre la trabajadora y la responsable de personal era conocida por la dirección de la empresa. A partir de esa constatación, la jueza considera que la «situación de conflicto debería haber provocado la actuación de la empresa a fin de proteger el derecho de la demandante a la salud». Por ese motivo, responsabiliza a la compañía de la baja laboral que cursó la empleada en octubre de 2011 «por un trastorno adaptativo con ansiedad y reacción depresiva prolongada». A ello se sumó que, un mes después, fue despedida de forma improcedente, como reconoció el propio centro tecnológico en la carta que remitió a la trabajadora.

Aunque según el propio abogado estas situaciones son frecuentes, lo peculiar de la sentencia es que se trata de una indemnización poco común, la explicación de tan alta cuantía estaría en que es un caso prolongado y sabido por la dirección, que no hizo nada para remediarlo.

Además se sumaría la gravedad de las consecuencias que se constata en las secuelas que ha dejado en la trabajadora: seis años después continúa con seguimiento médico y tratamiento farmacológico, apunta la jueza. Todo ello sin contar que, además, le acarreó una incapacidad temporal durante 17 meses.

Para el coordinador del Observatorio Vasco de Acoso, es significativo que la condena sea contra Tekniker, al que considera «buque insignia» de Euskadi. De hecho, la propia sentencia señala que el centro contribuye con sus más de 270 empleados a  incrementar la capacidad de innovación del tejido industrial, lo que contrasta con la circunstancia de que carecía de evaluación de riesgo psicosocial de la trabajadora y se habría limitado a poner en marcha un protocolo de acoso en fase de borrador.

El fallo puede ser recurrido, aunque el abogado de la empleada ve difícil modificarlo porque es muy completo, su intención es hacerlo para que se reconozca el daño al honor de la empleada y se responsabilice también de lo ocurrido a la directora de Recursos Humanos y no sólo a la empresa.

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