blog mc

Canal de Denuncia y/o Canal Etico.

Ventajas de su externalización.

Desde Maestranza Consultores ya hemos hecho referencia en anteriores publicaciones a la importancia adquirida en las organizaciones la implementación de canales de denuncia y/o también denominados canales éticos.

Si bien los mecanismos de canal de denuncias (whistleblowing)  tienen su origen en el derecho anglosajón, en nuestro país esta obligación fue introducida en un primer momento por el artículo 48 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (Ley de Igualdad), obligando a las empresas a arbitrar procedimientos específicos para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo y proporcionar un adecuado cauce “a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo”.

Un punto de referencia fundamental fue la reforma del artículo 31 bis del Código Penal (LO 1/2015) en el ámbito de la prevención de delitos en la empresa, instauró  la “obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y la observancia del modelo de prevención”, pasando los canales de denuncia  a convertirse, además de en una obligación normativa, en un pilar fundamental de los programas de compliance en las empresas.

A nivel internacional estándares como la Norma ISO 19600, o más específicamente la Norma norteamericana SA 8000, en el ámbito del compliance laboral y de la responsabilidad social corporativa, regulan los canales internos de quejas o denuncias por incumplimientos legales y faltas de conformidad de la normativa interna de la empresa.

Maestranza Consultores a través su empresa participada Actividad Preventiva SLu y en colaboración con un partners tecnológico ha desarrollado una metodología de actuación que junto con un software específico permite a las empresas implementar y gestionar por un equipo de profesionales independientes el canal de denuncias con garantías de solvencia e independencia.

¿ Qué ventajas tiene para su organización externalizar el canal a través de  Actividad Preventiva?

  • Facilitar la gestión de denuncias de su organización para atender las expectativas de sus empleados, clientes y proveedores, cumpliendo simultáneamente con las directrices del Código Penal y Fiscalía General.
  • Implementar un instrumento clave para la prevención y detección de cualquier tipo de irregularidad en las empresas, evitándoles posibles responsabilidades penales, además de los perjuicios reputacionales, manifestando y evidenciando la cultura de cumplimiento en la empresa
  • Garantizar que la información obtenida será tratada con objetividad e independencia, y no se “perderá” de forma errónea o interesada dentro del entorno organizacional.
  • Disponer de un procedimiento de gestión basado en las mejores prácticas de empresas internacionales con independencia del tamaño y estructura empresarial.
  • Tener establecida una medida eficaz para la prevención y detección de conductas ilícitas o irregulares.
  • Mejorar la comunicación interna y el diálogo con sus grupo de interés.
  • Demostrar su voluntad de Cumplimiento
  • Contribuye a la mejora continua de los procesos y políticas internas de la empresa para la gestión y control de conductas ilegales o irregulares que puedan cometerse en su seno.
  • Gestionar el Conflicto de Intereses y situaciones propias que se producen en la mayoría de las organizaciones acerca de la gestión del propio canal.
  • Total confidencialidad en el tratamiento de las comunicaciones.
  • Análisis exhaustivo por fases de los hechos denunciados para asegurar la veracidad del posible incumplimiento.
  • Definir responsabilidades en cada fase del proceso y permitir el acceso del denunciante para conocer el estado de su denuncia de manera autónoma.
  • Sirve a su vez de archivo digital con autoborrado si se desea, en función de la parametrización de cada empresa.
  • Presunción de inocencia y respeto a los derechos de las personas presuntamente implicadas.
  • Rigor en las actuaciones que se lleven a cabo como consecuencia de las comunicaciones recibidas que deben estar fundamentadas y justificadas. Además evita posibles situaciones conflictivas como por ejemplo que sea el propio denunciado el que reciba la denuncia.
  • Cumplir con las directrices del Fiscalía, Reglamento de protección de datos sirviendo a su vez como una medida atenuante ante cualquier irregularidad penal.

Ahora bien, para que la externalización del canal de denuncias cumpla sus objetivos y fines se deberán prestar atención a una serie de elementos y garantías, tanto para el denunciante como para el denunciado, esenciales para la viabilidad y eficacia del propio sistema corporativo. En este sentido, garantizar : Negociación con los representantes legales de los trabajadores. Información y formación previa a los empleados. Objetividad y transparencia. Garantía de indemnidad y protección al denunciante. Evaluación periódica del funcionamiento del sistema.  Régimen disciplinario ante incumplimientos.

Si está interesado en implementar en su empresa y externalizar el canal de denuncias y/o canal ético en su organización, no dude en solicitarnos mayor información y demostración de su funcionamiento a través de este enlace.